| Congreso hondureño aprobó restringir garantÃas individuales |
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Tegucigalpa. El Congreso hondureño aprobó esta tarde un decreto para suspender cinco garantÃas individuales de los ciudadanos de ese paÃs. Este decreto aprobado por el Congreso prácticamente dejó en estado de sitio al paÃs. La iniciativa parece estar encaminada a prevenir cualquier manifestación en las calles con motivo del regreso del depuesto presidente Manuel Zelaya a Honduras para este sábado. Doris Gutiérez, diputada por el partido Unificación Democrática dijo que es posible que la medida rija de forma inmediata. Los artÃculos afectados son: ArtÃculo 69.- La libertad personal es inviolable y sólo con arreglo a las leyes podrá ser restringida o suspendida temporalmente. ArtÃculo 71.- Ninguna persona puede ser detenida ni incomunicada por más de veinticuatro horas, sin ser puesta a la orden de autoridad competente para su juzgamiento. La detención judicial para inquirir no podrá exceder de seis dÃas contados desde el momento en que se produzca la misma. ArtÃculo 78.- Se garantizan las libertades de asociación y de reunión siempre que no sean contrarias al orden público y a las buenas costumbres. ArtÃculo 81.- Toda persona tiene derecho a circular libremente, salir, entrar y permanecer en el territorio nacional. ArtÃculo 99.- El domicilio es inviolable. Ningún ingreso o registro podrá verificarse sin consentimiento de la persona que lo habita o resolución de autoridad competente. No obstante, puede ser allanado, en caso de urgencia, para impedir la comisión o impunidad de delitos o evitar daños graves a la persona o a la propiedad. Exceptuando los casos de urgencia, el allanamiento del domicilio no puede verificarse de las seis de la tarde a las seis de la mañana, sin incurrir en responsabilidad. La Ley determinará los requisitos y formalidades para que tenga lugar el ingreso, registro o allanamiento, asà como las responsabilidades en que pueda incurrir quien lo lleve a cabo.
Fuente: MinutoUNo |


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